CABA Proyecto de Presupuesto 2026: cambios tributarios propuestos
- TGCQ

- 2 oct
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Dando cumplimiento a lo que establece la Ley, el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jorge Macri, presentó en la Legislatura porteña el proyecto del Presupuesto para el 2026.
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CAMBIOS EN EL SISTEMA TRIBUTARIO
IMPUESTO INMOBILIARIO/ABL
El esquema implementado durante el 2025 (inflación + zona geográfica) logró que este tributo que grava el patrimonio recupere progresividad en el sistema tributario.
En ese sentido, con una expectativa del nivel de inflación a la baja, para el 2026 se modificará el esquema, quedando de la siguiente manera:
El Impuesto Inmobiliario se actualizará sólo por la inflación (Por una cuestión de procesos administrativos que refieren tanto al momento en el que se toma la valuación de los inmuebles como al momento de la emisión de las boletas, para la primera cuota correspondiente a Enero 2026 se tomará el incremento del costo de vida registrado en Agosto 2025 y así sucesivamente mes a mes).
La tasa del ABL se actualizará también por inflación en aquellos inmuebles con una valuación fiscal igual o inferior a $32 millones (1.044.667 partidas, 63% del padrón).
Para aquellos inmuebles cuyo valor fiscal sea superior a ese monto, la tasa del ABL se actualizará por inflación más 1% mensual (618.133 partidas, el 37% del total).
IMPUESTO A LA PATENTE VEHICULAR
El nuevo esquema implementado a partir del 2025 permitió reestructurar la forma de cálculo del impuesto, logrando así un sistema más equitativo mediante la readecuación de escalas y alícuotas. De esta manera se generó progresividad en el tributo y una equidad impositiva para vehículos de similares valuaciones.
Para el año 2026 se continuará implementando el mismo esquema, por lo que el impuesto a abonar será determinado por la alícuota correspondiente, de acuerdo a la valuación de cada vehículo en el mercado automotor en el mes de Octubre del año 2025.
De esta manera, del universo total de 1.115.726 vehículos, el 92% se encuentra dentro de los 3 tramos más bajos de la escala y cuya alícuota máxima es de 3,5%.
AUTOS ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS
Autos eléctricos: Seguirán exentos del pago del impuesto.
Autos híbridos: Se mantendrá el esquema actual: exención del impuesto durante los primeros dos años y una progresiva reducción anual del beneficio, hasta que en el sexto año comienza a abonar el impuesto completo.
IMPUESTO A LOS SELLOS
Con el fin de incentivar el acceso a la vivienda, en el 2026 continuará vigente la exención del 100% de este impuesto para las operaciones de compraventa de viviendas únicas, familiares y de ocupación permanente cuyo valor sea inferior a $226.100.000.
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Este proyecto de ley propone la exención total o la reducción gradual de la carga tributaria para prestadores de servicios no profesionales inscriptos en el Régimen Simplificado, universo de 142.235 contribuyentes.
Entre estos servicios no profesionales figuran los servicios como plomería, electricidad y gas, además de peluquería, centros de estética, administración de consorcios, fotografía y limpieza, entre otros.
Se propone eximir del impuesto a los trabajadores que presenten una facturación anual hasta el límite superior del Tramo A ($8.992.597). El universo es de 79.590 contribuyentes que pueden acceder a este beneficio del 100% de Ingresos Brutos.
Por su parte, la reducción del impuesto será de entre el 25 y 75%, de acuerdo la categoría de aquellos trabajadores que facturen anualmente entre $8.992.597 y el límite superior del Tramo F ($33.809.379)
BENEFICIOS PARA CONTRIBUYENTES
ABL/INMOBILIARIO
Pago anticipado: Descuento del 10%.
Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2025. Se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales del año 2026, pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, partidas correctamente titularizadas y que no registren deuda vencida.
Débito Automático: Bonificación del 10% anual. El descuento se aplicará en la última cuota (Cuota 12) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/06/2026. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y partidas correctamente titularizadas.
EXENCIÓN DE ABL PARA JUBILADOS, PENSIONADOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Para el próximo año se propone continuar con el sistema aplicado durante el 2025, el cual permitió que hoy 84.774 jubilados y pensionados ya estén beneficiados con el 100% de la exención del impuesto.
Para el 2026, los requisitos para acceder al beneficio serán: que la propiedad tenga una Valuación Fiscal Homogénea igual o menor a $44 millones, que la propiedad en cuestión sea vivienda única y permanente, y percibir un haber igual o menor a cuatro (4) veces la jubilación mínima.
En cambio, para las personas con discapacidad, los requisitos serán sólo los dos primeros.
PATENTES
Pago anticipado: Descuento del 10%.
Buen cumplimiento de pago: 10% de bonificación por buen cumplimiento en 2025. Se aplicará sobre cada una de las cuotas bimestrales del año 2026 pagando a término cada una de ellas. Sólo para personas humanas, dominios correctamente titularizados y que no registren deuda vencida.
Débito automático: Bonificación del 10% anual. El descuento se aplicará en la última cuota bimestral (Cuota 6) a quienes hayan adherido su pago a Débito Automático antes del 30/04/2026. Sólo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago y dominios correctamente titularizados.
EXENCIÓN DE PATENTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
En el caso de la solicitud de exención para personas con discapacidad, el vehículo debe estar destinado al uso o traslado de la persona con discapacidad.
La exención del pago de la patente alcanza a un sólo vehículo por persona y en tanto el beneficiario conserve la titularidad del dominio.
Para los casos en que el beneficiario de la exención no sea titular del dominio, la valuación del vehículo no debe superar el importe que fija la Ley Tarifaria.









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