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CABA–Santa Fe: nuevo sistema de imputación de saldos

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • hace 51 minutos
  • 2 Min. de lectura

En virtud del Acta Acuerdo suscripto entre la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe (API), se publicó la Resolución AGIP 535/2025 en el Boletín Oficial de la Ciudad, cuya finalidad es la implementación de un procedimiento que permita la imputación recíproca de saldos a favor del Impuesto sobre los Ingresos Brutos entre ambas jurisdicciones.


En sus considerandos, la norma aclara que el procedimiento de imputación sólo resultará aplicable a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral que ejerzan actividades conjuntamente en las jurisdicciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Santa Fe.


El acuerdo alcanzado representa una profundización en el proceso de modernización administrativa y en la coordinación entre organismos tributarios provinciales, con intención de extenderlo a otras jurisdicciones del país.



• FECHAS CLAVE


Las solicitudes de imputación recíproca podrán ser efectuadas por los contribuyentes y/o responsables a partir del 1° de diciembre de 2025. 


Los procedimientos de imputación del saldo a favor del Impuesto sobre los Ingresos Brutos autorizado por la API y registrado por la AGIP, podrán ser efectuados a partir del 1° de enero de 2026.



• REQUISITOS


1. Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

2. Desarrollar actividades simultáneamente en las jurisdicciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Santa Fe.

3. Inexistencia de deuda judicial.

4. Inexistencia de deuda como agente de recaudación, incluyendo multas.

5. No revestir el carácter de concursado o fallido.

6. No registrar un cargo de fiscalización abierto.

7. No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.

8. No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes.



• MONTO MÁXIMO


- Límite por contribuyente: $10.000.000

- Límite total mensual para todas las solicitudes: $100.000.000.



• PASOS PARA LA SOLICITUD 


1. Ingresá a la página web de la AGIP con CUIT y Clave miBA Nivel 3.


2. Accedé al servicio “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”, opción “Imputación Provincia de Santa Fe” y solicitá que tu saldo a favor de CABA sea imputado a obligaciones futuras en Santa Fe.


- Si AGIP acepta tu solicitud, la envía a la API.

- La API evalúa y aprueba el monto imputable.

- La API notifica a la AGIP el monto autorizado y la AGIP lo registra en tu Cuenta Corriente Tributaria.


3. Una vez registrado el crédito, debés:


- Presentar la Declaración Jurada del anticipo en SIFERE.

- Detraer el importe autorizado del campo “Saldo a favor de períodos anteriores” en la Declaración Jurada correspondiente al anticipo en que se materializa la aprobación.


4. Luego, ingresá nuevamente al servicio “Nueva Cuenta Corriente tributaria”, opción “OperacionesCompensar Saldo” e identificá el “Crédito Fiscal API” en el campo “Origen” para aplicarlo como pago a cuenta.



En caso que la solicitud de imputación recíproca sea rechazada, la AGIP te informará la/s inconsistencia/s y, una vez regularizadas, podrás volver a presentarla.



Fuente: CPCECABA

 
 
 

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