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Certificado MiPyME: hay prorroga para los requisitos de las cooperativas

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • 16 nov 2023
  • 1 Min. de lectura

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa mediante disposición 499/2023, publicada en el boletín oficial en el día de hoy, prorroga la flexibilización de los requisitos para que las cooperativas obtengan el Certificado MiPyME, y a su vez impone las limitaciones aplicables a las empresas que controlen, estén controladas y/o se encuentren vinculadas a otra/s o grupo/s económicos nacionales o extranjeros, para ser micro, pequeñas o medianas empresas.


¿Qué establece la norma?

Prórroga del plazo

Se deja sin efecto hasta el 15 de mayo de 2024 inclusive la obligación que tienen las cooperativas de verificar que todos los miembros o integrantes de las mismas se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMEs para acceder a los beneficios vigentes para las micro, pequeñas y medianas empresas.


Relaciones de vinculación y control

Se sustituye el Artículo 8° del Anexo I de la Resolución N° 220/2019 modificando el procedimiento que se aplica en caso de vinculación y/o control.


Contratos de fideicomiso

Se determina que “no podrán ser considerados ni inscribirse como Micro, Pequeñas ni Medianas Empresas aquellos fideicomisos definidos en el Capítulo 30 del Código Civil y Comercial, cuyas personas jurídicas, formas asociativas, fideicomisos o empresas beneficiaria/s, fideicomisaria/s y/o fiduciaria/s no cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma.


Fuente: Errepar




 
 
 

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