Comienza la primera recategorización del 2026 para monotributistas: hay tiempo hasta el 5 de febrero
- TGCQ

- hace 18 horas
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Hasta el 5 de febrero, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el sistema de recategorización para monotributistas para que realicen el trámite en la página web del organismo y en la aplicación para teléfonos celulares. Las nuevas escalas vigentes se actualizaron de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec registrada durante los últimos seis meses.
Por segundo año consecutivo, los contribuyentes podrán acceder a la recategorización simplificada, un nuevo mecanismo que permite gestionar fácilmente el procedimiento según la facturación de los últimos 12 meses. Los monotributistas visualizarán de forma automática los montos correspondientes al período y tendrán la posibilidad de aceptar la nueva categoría o, en caso contrario, corregir los montos de acuerdo a los ingresos reales percibidos.
La recategorización simplificada se encontrará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
Además, el trámite puede realizarse desde un dispositivo móvil por medio de la aplicación Arca Móvil.
Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta por las y los contribuyentes se pueden consultar en: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp

¿Es obligatorio recategorizarse para todos los monotributistas?
La recategorización es obligatoria para todos los monotributistas a excepción de aquellos que permanezcan en la misma categoría, es decir, que no modificaron sus parámetros; o aquellos cuya actividad desde el alta ante el organismo sea inferior a seis meses.
¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses?
Se realiza una proyección anual aplicando la regla de 3 simple. Por ejemplo, si el inicio de actividad fue mayo 2024 a diciembre de ese año, facturó $5.000.000 en total durante 8 meses. La cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000
¿Qué parámetros se deben tener en cuenta?
Los parámetros a considerar acumulados en los últimos 12 meses anteriores a la recategorización son:
• los ingresos brutos
• la energía eléctrica consumida
• los alquileres devengados
• la superficie afectada a la actividad









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