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F.572 WEB - SIRADIG - TRABAJADOR. AFIP habilitó la cargar del período fiscal 2024

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • 18 ene 2024
  • 2 Min. de lectura

La AFIP puso a disposición de los contribuyentes la carga del formulario web SIRADIG a los efectos de que el trabajador comunique su condición frente al Impuesto a las Ganancias y sus deducciones en el caso de que sea procedente en función de las modificaciones incorporadas por la Ley 27.725 con la incorporación del “Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.

Como principales novedades podemos mencionar:

En la carga del empleador se deberá seleccionar el Régimen que le corresponde al trabajador entre las opciones:

  • Régimen CEDULAR - Mayores ingresos

  • Régimen GENERAL


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Selección de la opción Régimen CEDULAR – Mayores ingresos



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A consecuencia de esta opción, en la Carga del Formulario, el Rubro 1 – Detalle de Cargas de Familia, no se encontrará disponible para cargas ni modificaciones y en caso de tener cargas del período anterior aparecerán en un tono velado, pero no podrán ser modificadas, dado que aparece un mensaje de error indicando que el concepto procede sólo en el Régimen General.




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Así también sucederá en Rubro 3 – Deducciones y desgravaciones, el intento de carga de estos conceptos que no corresponden al régimen producirán un error.





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Selección de la opción Régimen GENERAL




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Al tildar la opción Régimen General se abrirán tres opciones según se trate de alguno de los sujetos excluidos del Régimen Cedular.

A consecuencia de esta opción, en la Carga del Formulario, el Rubro 1 – Detalle de Cargas de Familia, se encontrará disponible para cargas y modificaciones, así como el Rubro 3 – Deducciones y Desgravaciones.

En caso de Pluriempleo



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Además de seleccionar el Régimen, cabe recordar que debajo del recuadro mencionado, deberá indicar por “SI “ o por “NO” si desarrolla la actividad de transporte de larga distancia bajo Convenio o fuera de Convenio, si bien no se trata de una novedad, es imprescindible para continuar con la carga.




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Continuando con la carga, al ingresar en “alta de importes” aparece la siguiente pantalla:

Es importante destacar que antes de efectuar la carga de importes, deberá seleccionar el tipo de Régimen: “Cedular” o “General”.




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Si selecciona “Cedular” sólo podrá cargar el importe de las ganancias Brutas, pero no se permite la carga de Aportes Seguridad Social, Aportes Obra Social y Aporte Sindical.

Al “Agregar” el período, aparece de la siguiente forma:



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Luego ya podrá generar la “vista previa” y efectuar la presentación correspondiente.



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Fuente: CPCECABA y Tributum


 
 
 

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