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Facilidades de pago AFIP: se extienden las mejores condiciones del régimen permanente

La AFIP, por medio de la resolución general 5305, extendió al 31 de enero de 2023 la vigencia transitoria de los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente –RG (AFIP) 4268-.


También se dispuso que hasta el 31 de enero de 2023 no se considere la categoría del SIPER para las solicitudes de adhesión al Mini plan -RG (AFIP) 4959-. Esto no implica prorrogar las fechas de vencimiento oportunamente establecidas.


El beneficio mencionado sólo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER, quedando excluidos aquellos que se encuentren categorizados como de “riesgo muy alto”, englobados en la categoría E.


Recordamos que el SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.


Fuente: Errepar





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