Factura de Crédito Electrónica MiPyME: nuevo monto mínimo desde el 14/04/2026
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El régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME fue creado por la Ley 27.440, dentro del esquema de financiamiento productivo, y reglamentado por el Decreto 471/2018. En la sección de normativa del micrositio oficial de ARCA figuran, entre otras, la RG 4367/2018 sobre instrumentación del régimen, la RG 4366/2018 sobre retenciones aplicables, la RG 4919/2021 sobre sistema de circulación abierta y la RG CNV 780/2019 sobre negociación en mercados autorizados.
El monto mínimo para la emisión obligatoria no surge directamente de la Resolución 1/2026. El antecedente normativo específico es la Resolución 36/2019 de la entonces Secretaría de Simplificación Productiva, cuyo artículo 3 dispuso que el umbral mínimo de la Factura de Crédito Electrónica MiPyME se actualiza en forma anual siguiendo el momento y el porcentaje de aumento del tope de ventas de la categoría Micro de la actividad Servicios fijado para la categorización MiPyME. Luego, la Resolución 1/2026 sustituyó el apéndice IV del anexo I de la Resolución 220/2019 del Registro de Empresas MiPyMES, actualizando esos parámetros de categorización.
Con esa base, ARCA informó en su sitio oficial que a partir del 14/04/2026 el monto mínimo desde el cual las empresas deben emitir Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME se actualiza a $ 5.549.862. El efecto práctico es revisar desde esa fecha si las operaciones quedan comprendidas en el nuevo umbral, porque ese dato incide en la obligación de emisión dentro del régimen.




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