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La AFIP establece un nuevo Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), establece un nuevo Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (RICOI), a los fines de efectuar una efectiva evaluación y gestión de riesgos del cumplimiento en materia de tributación internacional. De esta forma, el organismo que conduce Carlos Castagneto tendrá un control online sobre las operaciones internacionales realizadas por las grandes empresas.

Mediante el nuevo régimen, las y los contribuyentes obligados deberán presentar su información luego del vencimiento de la declaración jurada del impuesto a las ganancias. Para hacerlo, deberán ingresar con Clave Fiscal Nivel 3 al servicio web “Régimen de Información Complementaria de Operaciones Internacionales”.

Los sujetos alcanzados son las sociedades y asociaciones, y sus firmas derivadas constituidas en el país, así como las derivadas de fideicomisos constituidos en el país. Quedaron exceptuadas de este régimen las Pymes.

La normativa será de aplicación para la presentación de la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 01/08/2022. La AFIP mostrará al contribuyente la información obtenida del exterior mediante los acuerdos internacionales con terceros países. En ese sentido, los abogados y contadores ya no tendrán la responsabilidad personal, sino que recaerá sobre las sociedades.

La Resolución General N° 5306/22 reemplaza al Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales dispuesto en la RG N° 4838/20, que a diferencia del RICOI obligaba también a todos las personas jurídicas y humanas. Quedan expresamente exceptuadas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresa, Tramo I y II en todas sus categorías.

El nuevo régimen fue presentado por las autoridades de la AFIP a representantes del sector privado en el edificio central del organismo. Participaron del encuentro Silvio Rizza, Sergio Pantoja, Teresa Gómez, Heraclio Lanza, Daniel Malvestiti y Catalino Nuñez por la Federación de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE); Carlos Abeledo por la Unión Industrial Argentina (UIA) , y Fabián Castillo por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Federación de Comercios e Industrias de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA). Por AFIP también estuvieron presentes los subdirectores generales Juan Pablo Pérez Millán y Daniel Reposo.

La Resolución es el resultado del trabajo conjunto entre la AFIP y las distintas entidades empresarias y de profesionales, con quienes el organismo mantiene un diálogo constante en su objetivo de perfeccionar permanentemente la normativa vigente.


Acceda al texto completo de la flamante resolución general:



Fuente: AFIP

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