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Monotributistas: el Gobierno lanza un plan para garantizar la atención médica ante el cierre de Obras Sociales en crisis

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

A través de la Resolución 492/2026, publicada en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Servicios de Salud, ha dado un paso estratégico para mitigar la incertidumbre de miles de beneficiarios del régimen de Monotributo.


La medida establece la creación de una sección especial dentro del registro de entidades habilitadas para atender a pequeños contribuyentes. El objetivo es identificar de antemano qué Obras Sociales están dispuestas y en condiciones técnicas de absorber a los afiliados que queden 'a la deriva' tras el cierre o la liquidación de sus agentes de salud originales por situaciones de crisis.


¿Por qué es importante esta medida?


Históricamente, cuando una Obra Social entra en un proceso de quiebra o baja definitiva, la reubicación de sus afiliados suele ser un proceso complejo. En el caso de los monotributistas, la situación es más sensible debido a las restricciones de elección que rigen para este sector.


Con esta resolución, la SSS busca:


  • Garantizar la continuidad: Evitar que los pacientes pierdan tratamientos o cobertura médica durante la transición.

  • Previsibilidad: Tener un listado depurado de 'entidades receptoras' que voluntariamente acepten a esta población.

  • Control de calidad: Solo podrán inscribirse las Obras Sociales que estén activas, que ya operen con monotributistas y que, fundamentalmente, no estén ellas mismas en un procedimiento de crisis.


Requisitos para las Obras Sociales


No cualquier entidad podrá recibir a estos afiliados. Para inscribirse en esta nueva sección, las Obras Sociales deberán cumplir tres condiciones estrictas:


  • Estar operativas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud

  • Estar previamente inscriptas en el registro específico para Monotributistas (Decreto 1/2010)

  • Gozar de buena salud financiera (no estar sujetas a planes de crisis)

  • Implementación tecnológica


La resolución también instruye a la Gerencia de Sistemas de Información para que desarrolle las herramientas digitales necesarias para que este registro sea dinámico, consultable y eficiente.


Fuente: Errepar

 
 
 

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