Reforman normativa que rige a las Sociedades de Garantía Recíproca
- TGCQ

- 3 abr
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La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, mediante la Resolución 56/2025, introdujo importantes reformas a la normativa que rige el Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) con el fin de ajustar los controles y promover un crecimiento controlado que impactan sobre el fondo de riesgo y el régimen informativo anual.
¿Cuáles son las novedades para el Fondo de Riesgo?
En este aspecto, la norma prorrogó la suspensión de las tramitaciones y otorgamiento de autorizaciones de aumentos de Fondo de Riesgo hasta el 31 de marzo de 2026 y fijó criterios para la actualización semiautomática y trimestral del Fondo de Riesgo, incluyendo requisitos de integración, cumplimiento del régimen informativo y grado de utilización del fondo.
Por otro lado, definió con mayor precisión las incumbencias de los Custodios en la operatoria de los Fondos de Riesgo, incluyendo la designación de responsables exclusivos y plazos para responder a requerimientos de la Dirección del Régimen de Sociedades de Garantía Recíproca (DRSGR).
Finalmente, restringió la operatoria de las SGR sobre ciertos instrumentos financieros y elimina el instrumento detallado como inciso n), debido a que no pueden ser objeto de custodia.
Régimen Informativo y Sancionatorio
En esta materia, se aclara la información que las SGR deben incluir en sus reportes mensuales, especialmente en relación con las Garantías Sindicadas y el porcentaje de mora de la cartera del FoGAr.
Asimismo, se simplifica el régimen sancionatorio para agilizar los procedimientos administrativos, adecuando las notificaciones al Reglamento de Procedimientos Administrativos y eliminando la prórroga relativa al descargo.
Por último, se incorporó una nueva tipología de infracción grave relacionada con el porcentaje de mora del FoGAr en garantías sindicadas.
Otras variaciones
La normativa también contempló otras alteraciones en las definiciones contempladas en la resolución 21/2021. Se simplificó requisitos para postulantes a cargos en las SGR, se incorporaron nuevas columnas en los reportes para incluir información sobre los domicilios de los miembros de los órganos de gobierno y domicilio electrónico especial y establece la presentación trimestral del acta del Consejo de Administración que aprueba el Balance Trimestral.
Fuente: Errepar









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