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ARCA prorrogó hasta el 30/06/2027 la adhesión al plan especial de pagos de la RG 5.875

ARCA prorrogó hasta el 30/06/2027 la adhesión al plan especial de pagos de la RG 5.875

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ARCA prorrogó hasta el 30/06/2027 la adhesión al plan especial de pagos de la RG 5.875

El Boletín Oficial del 05/11/2026 publicó la Resolución General ARCA 5924/2026 (aviso N° 83249/26), dictada el 04/11/2026. La norma modifica la RG ARCA 5.875 y su modificatoria: amplía el corte de obligaciones alcanzadas y prorroga el plazo de adhesión al régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.

Obligaciones alcanzadas y plazo de adhesión

El artículo 1 sustituye dos disposiciones de la RG 5.875:

  • El segundo párrafo del artículo 2: el régimen contempla las obligaciones vencidas y las multas aplicadas hasta el 31/10/2026 inclusive.

  • El artículo 9: el acogimiento podrá realizarse hasta el 30/06/2027 inclusive, a través del servicio web “Mis Facilidades”, opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 31/10/2026”.

Vigencia y disponibilidad en Mis Facilidades

Según el artículo 2, la resolución general entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial (05/11/2026). A partir del 16/11/2026 estará disponible en “Mis Facilidades” la posibilidad de incorporar las obligaciones vencidas al 31/10/2026.

Alcance del régimen

La RG 5924 no redefine los destinatarios ni las condiciones de cuotas e intereses del régimen especial. Esas reglas siguen las de la RG ARCA 5.875 y su modificatoria, orientadas a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La 5924 solo actualiza el corte de deudas y el plazo de adhesión.

Aspectos a tener en cuenta

  • No se inventan cuotas ni tasas en esta nota. Las condiciones económicas del plan (cantidad de cuotas, tasa, anticipo y demás) son las de la RG 5.875 y su modificatoria.

  • La adhesión se hace por “Mis Facilidades”, con la opción referida a obligaciones vencidas al 31/10/2026.

  • La disponibilidad operativa para incorporar deudas con ese nuevo corte comienza el 16/11/2026.

Nuestro Estudio, a través de su Departamento de Procedimiento Tributario, asesora a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro en la evaluación y la adhesión a este régimen especial de facilidades de pago. Contacto

Fuentes

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