Se simplifica el trámite de autorización de viaje al exterior para menores de edad
- TGCQ
- hace 20 horas
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A partir del próximo 2 de junio, los centros de atención del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) estarán habilitados para tramitar el Pasaporte Ordinario y la autorización de salida del país del menor que egrese del territorio nacional en un solo trámite, o de forma independiente.
En una primera instancia, esta opción estará disponible para autorizaciones amplias, es decir, solamente para los casos de menores argentinos, nativos o por opción, portadores de Pasaporte Ordinario (o que lo tramiten conjuntamente con la autorización), que sean autorizados a salir del país solos por ambos progenitores hasta la mayoría de edad o hasta el vencimiento del plazo de vigencia del Pasaporte.
Para otro tipo de autorizaciones, los progenitores deberán optar por alguna de las otras formas de autorización previstas por la Dirección Nacional de Migraciones.
Un trámite más ágil para la salida de menores
La Disposición 373/2025 tiene como objetivo principal agilizar la burocracia y los tiempos de gestión para las familias, permitiendo que los padres puedan obtener en un solo trámite el Pasaporte Ordinario de sus hijos y la autorización de salida, o bien gestionar solo la autorización si el menor ya posee pasaporte vigente.
Alcance y requisitos clave del nuevo procedimiento
Este nuevo esquema se aplicará, al menos en una primera etapa, a menores argentinos (nativos o por opción) que egresen del país solos y con Pasaporte Ordinario. La autorización otorgada será de carácter amplio: válida hasta la mayoría de edad del menor o hasta el vencimiento del pasaporte (lo que ocurra primero), para viajar a cualquier país del mundo.
Para realizar el trámite, los progenitores (o el progenitor a cargo, en caso de vínculo filial único o fallecimiento) deberán presentarse, de forma conjunta o separada, en cualquier Centro de Atención del RENAPER, Oficinas Seccionales o Consulares habilitadas. Será indispensable que los autorizantes sean argentinos (nativos o por opción) o extranjeros con residencia temporaria o permanente en el país, y que posean DNI vigente. El menor, por su parte, debe ser argentino y contar con DNI previo.
El proceso implica la verificación biométrica de la identidad de los padres y la constatación del vínculo con el menor a través de las bases de datos del organismo.
Una vez completado, se generará una marca digital que será informada automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones, facilitando los controles al momento de la salida del país. Los padres recibirán un comprobante digital del trámite.
Beneficios para las familias y el control migratorio
La medida propuesta por el RENAPER busca una mayor eficiencia y celeridad. Al mismo tiempo, coadyuvará con la Dirección Nacional de Migraciones para optimizar los controles migratorios y reforzar la seguridad de los menores en los trámites de viaje, al centralizar y digitalizar la información de las autorizaciones.
Es importante destacar que esta autorización puede ser dejada sin efecto por cualquiera de los autorizantes en cualquier Centro de Atención habilitado, sin afectar otras autorizaciones previas o posteriores emitidas por otras vías.
Fuente: Errepar
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