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Suspenden la actividad de 75 empresas exportadoras

Las plantas de 75 empresas exportadoras fueron suspendidas por la Dirección General de Aduanas (DGA) -dependiente de la AFIP- por no haber cumplido con la presentación del contrato de locación. Fueron notificadas el lunes pasado y hoy no pudieron operar desde esas instalaciones. Voceros de las firmas plantearon a LA NACION que esperaban que les dieran un plazo para cumplir y que la decisión complica e impide exportar; desde la AFIP, en cambio, sostuvieron que solo se aplicaron las reglas y que pueden operar desde un depósito fiscal.


El lunes pasado, la DGA notificó a un grupo importante de empresas que debían presentar el contrato de locación para consolidar en planta. La “consolidación” es el derecho que tiene al exportador para que la carga del medio de transporte se realice en su propio establecimiento y para recibir al personal competente del Servicio Aduanero que efectuará los controles establecidos.


Para que los exportadores puedan consolidar la carga directamente en su planta deben estar inscriptos en el régimen de consolidación en planta de exportación. Ese requisito no es obligatorio: aquellos que no deseen cargar la mercancía en sus almacenes, deberán hacerlo en la Zona Primaria Aduanera.


“Este jueves suspendieron a 75 compañías y esto frena la exportación en un momento en que el país necesita exportar”, señaló el propietario de una de las firmas afectadas, y explicó que son muchas las que “consolidan” en sus establecimientos o en predios alquilados a un tercero y no en un depósito fiscal.


La resolución de la que derivan las notificaciones data de 2010 y desde la DGA indicaron a LA NACION que se aplicaron las reglas vigentes: “Lo que se hizo es dar cumplimiento a una resolución. Las que fueron suspendidas es porque no están respondiendo a lo fijado. De ninguna manera se frenan las exportaciones, se pueden hacer a través de un depósito fiscal”.



Los empresarios insisten en que esperaban que se les diera un plazo para poder cumplir con la presentación de la documentación ya que, en algunos casos, no la tienen en las plantas. Las afectadas son establecimientos que trabajan con distintos tipos de productos “no tradicionales”. La referencia es a que no son exportadoras del agro. Argumentan que la suspensión demora la carga y, además, aumenta los costos.


“Se aplican medidas que favorecen a todos y fue después de muchos relevamientos -insistieron desde la DGA-. No es leal para las que cumplen no hacer que el resto se ajuste a la norma”.


Fuente: La Nación




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