top of page

Ya ingresó al Senado el proyecto que actualiza montos por el delito de evasión tributaria

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • hace 12 minutos
  • 3 Min. de lectura

Ya ingresó al Senado de la Nación el proyecto que modifica la Ley 24.769, de Régimen Penal Tributario, actualizando los montos por el delito de evasión tributaria.


En Diputados, se consensuaron sendos proyectos presentados por los diputados Oscar Agost Carreño y Ricardo López Murphy, reflotados cuando el Gobierno presentó un proyecto en el mismo sentido para respaldar la iniciativa endiente a utilizar los “dólares bajo del colchón” que no comenzó a ser tratada siquiera en comisiones.


El proyecto consiguió media sanción con 226 votos favorables, ninguno en contra y 6 abstenciones, y permite actualizar los montos que determinan la tipificación de delitos tributarios, reemplazando valores fijos en pesos por una unidad de medida variable basada en el precio de la nafta súper.


El diputado Agost Carreño defendió la iniciativa señalando que se trata de una ley que “trasciende la coyuntura” y cuya idea le surgió en 2023, cuando conoció la experiencia de una heladería de barrio en crisis, que no pudo pagar una deuda y el problema devino en una causa penal. “La justicia está sobrepasada de este tipo de causas que se trataban como faltas tributarias, no delitos. López Murphy presentó un proyecto similar en 2024.


“Esto le cambia la vida a la gente -aseguró Agost Carreño-, pero sobre todo a muchas PyMEs y MicroPyMEs. La inflación avanza y el Congreso no actualiza los montos. Si no aprobamos esto, la justicia no se puede abocar a problemas más serios como son el lavado de dinero, el narcotráfico o la trata de personas”.


A su turno, López Murphy consideró el proyecto como “sencillo y razonable, que busca actualizar los montos y establecer un mecanismo automático de actualización, de modo de no requerir la intervención del Congreso en el futuro. Con esto restablecemos los principios de equidad, eficiencia y previsibilidad. Lo que hacemos es algo que ya se previó en 2017, con la unidad de valor tributario, pero nunca se aplicó”.


Miembro informante fue la diputada del Pro Laura Rodríguez Machado, quien valoró que hubieran encontrado “un punto, o varios, de coincidencia”, lo que a su juicio demuestra que “es posible ponernos de acuerdo en votar un proyecto que no implique carga fiscal, ni creación de tributos”. Y cerró considerando “un muy buen augurio que esta cámara encuentre en este tipo de proyectos la posibilidad de unanimidad”.


Unanimidad que no se alcanzó por las abstenciones que hubo, en especial de toda la izquierda.


El proyecto



El proyecto, con dictamen de la Comisión de Legislación Penal desde noviembre de 2024, unifica iniciativas del diputado Oscar Agost Carreño y de un grupo encabezado por Ricardo López Murphy. La propuesta busca reemplazar los valores fijos en pesos por una referencia dinámica al salario mínimo vital y móvil (SMVM), de modo que los montos que configuran los delitos de evasión, apropiación indebida y aprovechamiento indebido de beneficios fiscales se actualicen automáticamente con cada modificación del salario base.


Recordamos que según la normativa actual, Título IX de la Ley 27430, la evasión simple se tipifica cuando el monto evadido excede los $1.500.000 por cada tributo y ejercicio anual. Por otro lado, la evasión agravada se da cuando el monto supera los $15.000.000, montos que no se actualizaron nunca desde su aprobación en diciembre del año 2017.


Principales cambios



  • Evasión simple: será delito cuando el monto evadido supere los 345 SMVM por tributo y ejercicio anual.


  • Evasión agravada: se eleva el umbral a 3.450 SMVM, con agravantes específicos como el uso de sociedades interpuestas, beneficios fiscales indebidos o facturas apócrifas (desde 345 o 460 SMVM según el caso).


  • Aprovechamiento indebido de beneficios fiscales: se sanciona cuando supere los 345 SMVM en un ejercicio.


  • Apropiación indebida de tributos: se penaliza al agente de retención que no deposite lo retenido cuando supere los 23 SMVM por mes.


  • Evasión de aportes y contribuciones a la seguridad social: umbral en 46 SMVM por mes (con agravantes desde 92 y 230 SMVM).


  • Apropiación indebida de aportes retenidos a empleados: también desde 23 SMVM por mes.


  • Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: umbral de 115 SMVM por ejercicio en tributos y 23 SMVM por mes en seguridad social.



Impacto de la reforma


Con este esquema, la ley deja de depender de montos nominales que rápidamente quedaban desactualizados por la inflación y pasará a indexarse de manera automática. Por ejemplo, con el salario mínimo de agosto 2025 en $322.000, la evasión simple se configuraría a partir de aproximadamente $111.090 millones por tributo y por ejercicio.


La iniciativa busca equilibrar la actualización periódica de los delitos tributarios, dar previsibilidad al sistema judicial y evitar que la inflación erosione el alcance real de las sanciones.


De aprobarse, el proyecto volverá al Senado para su revisión, en un contexto político donde el oficialismo y la oposición miden fuerzas, voto a voto en temas fiscales y previsionales.


Fuente: Blog del Contador y Parlamentario.com

 
 
 

Comentarios


bottom of page