Aquellos sujetos que no sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME” vigente y caracterizados de tal forma en el sistema registral, deberán cumplir con dicha obligación en las siguientes fechas de vencimiento:
Presentación de la DDJJ:
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: hasta el 11/06/2024, inclusive
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: hasta el 12/06/2024, inclusive
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: hasta el 13/06/2024, inclusive
Ingreso del impuesto:
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: hasta el 12/06/2024, inclusive
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: hasta el 13/06/2024, inclusive
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: hasta el 14/06/2024, inclusive
Fuente: Errepar
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