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CABA extendió la obligatoriedad de la rúbrica digital para más empleadores

  • Foto del escritor: TGCQ
    TGCQ
  • hace 8 minutos
  • 1 Min. de lectura

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires oficializó una nueva ampliación en el alcance del sistema de rúbrica digital de documentación laboral, estableciendo que a partir de la publicación de la Disposición N.º 1717/DGRDT/25, el trámite deberá realizarse obligatoriamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) para empleadores que cuenten con hasta 49 trabajadores, además de las PyMEs alcanzadas por la normativa vigente.


La iniciativa se enmarca en el proceso de digitalización impulsado en los últimos años por el Ministerio de Justicia porteño, en línea con la Resolución 803-SECTE/24, que ya había incorporado el uso obligatorio de la plataforma para empleadores con hasta nueve empleados.


La nueva disposición extiende la operatoria y modifica la denominación del trámite, que pasará a llamarse “Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PYMES y empleadores con cuarenta y nueve trabajadores o menos”.


Según se detalla en el texto normativo, la rúbrica digital forma parte de los elementos de contralor previstos en el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, que obliga a los empleadores a llevar libros rubricados con los datos de la relación laboral. Tanto la Dirección General de Relaciones del Trabajo como la Subsecretaría de Trabajo y Empleo mantienen la competencia en la certificación y supervisión de esta documentación.


Por último, la adecuación al nuevo sistema será progresiva. Los empleadores alcanzados deberán ajustarse a la modalidad de TAD hasta el 2 de enero de 2026, fecha a partir de la cual la rúbrica digital será exigible para el libro correspondiente al período diciembre 2025.


Fuente: Errepar

 
 
 

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