NEWSLETTER – 3/10/2019
Resolución General Conjunta (AFIP / MF Córdoba) 4584/2019 – BO: 27/9/2019: Registración y asignación de la CUIT de las SA, Fundaciones y Asociaciones Civiles que tengan domicilio legal en la Provincia de Córdoba
La AFIP, junto con el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba dictaron una resolución general conjunta mediante la cual se establece la interacción entre la AFIP y la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas relacionado con el procedimiento de registración y asignación de la CUIT de las SA, asociaciones civiles y Fundaciones que tengan domicilio legal en la Provincia de Córdoba. Los trámites se realizarán mediante servicios “web” y ambos Organismos interactuarán a fin de registrar y modificar los datos de las citadas sociedades, asociaciones y fundaciones, tal como se hace actualmente con las SAS.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/217512/20190927
Resolución (AGIP Ciudad Autónoma de Buenos Aires) 257/2019 – BO: 30/9/2019: Reglamentación del régimen de regularización de obligaciones tributarias en hasta 120 cuotas
La AGIP reglamenta el régimen de regularización de obligaciones tributarias dispuesto por la ley (Ciudad de Buenos Aires) 6195, por deudas vencidas hasta el 31/7/2019, estableciendo las normas reglamentarias, de procedimiento y/u operativas para poder realizar el acogimiento al mismo.
El acogimiento a dicho régimen podrá realizarse desde el 1/10/219 y hasta el 31/12/2019 .
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MEFGC-AGIP-257-19-5710.pdf
Resolución General (AFIP) 4600 – BO: 2/10/2019: Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Se suspenden las exclusiones de pleno derecho
La AFIP decidió suspender las exclusiones de pleno derecho por controles sistémicos del régimen simplificado para pequeños contribuyentes, hasta el 29/2/2020.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/217858/20191002
Comunicación “A” (BCRA) 6796 – BO: 1/10/2019: Acceso al mercado de cambios por parte de residentes
El BCRA establece determinadas condiciones a cumplir por los residentes con endeudamientos financieros con el exterior con creedores no vinculados o a los fideicomisos constituidos en el país para garantizar la atención de los servicios de capital e intereses de tales endeudamientos y por los que deban realizar pagos de servicios de deudas financieras con el exterior o de títulos de dueda locales para acceder al mercado de cambios y comprar moneda extranjera.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/217771/20191001