Nuevos parámetros para categorización de MiPyMES.
- Federico Schweizer

- hace 5 días
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La Resolución 1/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, publicada en el Boletín Oficial del 01/04/2026, actualizó los parámetros de categorización para micro, pequeñas y medianas empresas. La modificación impacta directamente en el acceso al Registro de Empresas MiPyMES, al Certificado MiPyME y a los beneficios asociados.
La norma establece nuevos valores para los parámetros de límites de ventas totales anuales, personal ocupado y valor de los activos, en función de los cuales las empresas pueden inscribirse en el Registro de Empresas MiPyMES y acceder al Certificado PYME y los beneficios que éste otorga.Los nuevos parámetros quedaron establecidos así:
A. Límites de ventas totales anuales expresados en PESOS ($)
Categoría | Construcción | Servicios | Comercio | Industria y minería | Agropecuario |
Micro | 743.730.000 | 374.060.000 | 1.738.060.000 | 1.207.910.000 | 909.260.000 |
Pequeña | 4.412.940.000 | 2.255.110.000 | 12.380.800.000 | 9.025.610.000 | 3.349.360.000 |
Mediana Tramo 1 | 24.621.200.000 | 18.664.740.000 | 58.848.790.000 | 64.238.670.000 | 19.711.080.000 |
Mediana Tramo 2 | 36.927.730.000 | 26.655.990.000 | 84.070.280.000 | 129.764.070.000 | 31.263.100.000 |
B. Límites de personal ocupado
Categoría | Servicios | Comercio |
Micro | 7 | 7 |
Pequeña | 30 | 35 |
Mediana Tramo 1 | 165 | 125 |
Mediana Tramo 2 | 535 | 345 |
C. Límite de activos expresados en pesos ($)
Tope de activos en pesos ($) |
3.438.000.000 |
Para las empresas, el punto práctico es revisar si con los nuevos parámetros mantienen su encuadre actual o si corresponde una recategorización. Ese análisis es relevante porque condiciona la inscripción en el Registro MiPyME y, con ello, el acceso al certificado y a los tratamientos que dependen de esa condición. La resolución rige desde el 01/04/2026.




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