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SAS: La Corte Suprema declara la competencia del fuero comercial

En el marco de la causa “ASEA – Asociación Emprendedores Argentinos Asociación Civil y otros c/Inspección General de Justicia s/incidente de medida cautelar”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara que resulta competente para conocer en dichas actuaciones el fuero nacional en lo comercial por sobre el fuero contencioso administrativo federal.

Para así decidir, el máximo Tribunal destaca que las Sociedades por Acciones Simplificadas constituyen un nuevo tipo societario, por lo que si se cuestionan normas del organismos que reglamentan aspectos constitutivos del tipo social, ello habilita la competencia reservada al fuero nacional en lo comercial, en tanto su jurisdicción se circunscribe a los asuntos mercantiles regidos por el Código de fondo y las leyes especiales de esa materia, no advirtiendo que para la resolución del caso resulte necesario aplicar o establecer el sentido o alcance de normas de derecho federal.

Hechos

En el caso planteado, la actora promovió acción de amparo para obtener la declaración de nulidad por inconstitucionalidad de determinadas resoluciones generales dictadas por la Inspección General de Justicia (5/2020, 9/2020, 17/2020, 20/2020 y 23/2020) sobre la base de considerar que las normas cuestionadas modifican o alteran la ley 27.349 de apoyo al capital emprendedor y fueron dictadas en violación al principio de jerarquía normativa y en exceso de las facultades atribuidas a la IGJ en su ley orgánica.

Entre las modificaciones que marcaban estas resoluciones se encontraban:

  • RG (IGJ) 5/2020: Objeto social preciso y determinado. Adecuación del capital social al objeto a realizar

  • RG (IGJ) 9/2020: Adecuaciones a la reglamentación de la SAS. Garantía de los administradores. Obligación de presentar estados contables

  • RG (IGJ) 17/2020: Modificaciones sobre firma digital. Subsanación de las SAS constituidas con firma electrónica

  • RG (IGJ) 20/2020: Inscripción de apoderados de administradores extranjeros

  • RG (IGJ) 23/2020: Adecuación del estatuto tipo

Recordamos que algunas de estas normas, juntos con otras normas que se dictaron con posterioridad al inicio del reclamo en cuestión, fueron derogadas por la Resolución General (IGJ) 11/2024, publicada el 11 de abril de 2024 en el Boletín Oficial.



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Fuente: Errepar


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