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Foto del escritorFederico Schweizer

AFIP adelanta los vencimientos previstos para el 27 y 28 de febrero.

A través de la RG 5323 (AFIP), publicada en el BO el 7/2/2023, y por razones de administración tributaria, AFIP adecua con carácter de excepción, las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación y/o el ingreso de algunas obligaciones impositivas cuyo vencimiento original fuera fijado para los días 27 y 28 de febrero del corriente año.


Impuesto al Valor Agregado

Régimen General

Presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023. De igual manera, se adelanta también el vencimiento de Libro de IVA Digital.

Terminación de CUIT

Vencimiento

6 y 7

23 de febrero de 2023

8 y 9

24 de febrero de 2023

Micro y pequeñas empresas

Ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.

Terminación de CUIT

Vencimiento

6 y 7

23 de febrero de 2023

8 y 9

24 de febrero de 2023

Actividad agropecuaria

Presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.

Terminación de CUIT

Vencimiento

6 y 7

23 de febrero de 2023

8 y 9

24 de febrero de 2023

Asimismo, se establece, con carácter de excepción, el día 24 de febrero de 2023 como fecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento original fijado para el día 27 de febrero del corriente año, conforme se indica a continuación:

  • Impuesto PAIS: ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.

  • Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias: ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.

  • Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos: ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.


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